CUESTIONES DE SEGURIDAD SOCIAL EN EL CONTRATO DE RELEVO Y EN LA JUBILACION A TIEMPO PARCIAL
محفوظ في:
RUBIO DE MEDINA, M., CUESTIONES DE SEGURIDAD SOCIAL EN EL CONTRATO DE RELEVO Y EN LA JUBILACION A TIEMPO PARCIAL. REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, no. 19 (1999), p. 95-116.
Ref.
83302
الموقع:
SIIS R.1299
Palabras clave:
Derecho laboral, Jornada laboral, Jubilación, Normativa, Protección social, Reparto de empleo, Trabajo, España
Derecho laboral, Jornada laboral, Jubilación, Normativa, Protección social, Reparto de empleo, Trabajo, España
مستخلص:
En el presente estudio se analiza, desde una perspectiva histórica y actual, los beneficios en materia de Seguridad Social de una de las modalidades contractuales menos conocidas de nuestro Derecho laboral, a pesar de ser una institución con cierta antigüedad en nuestro país, ya que fue introducida como una medida de fomento de empleo en 1984, el contrato de relevo y con él, la figura simultánea al mismo, el contrato de jubilación a tiempo parcial. A pesar de las indudables ventajas que tienen para todas las partes integrantes de la relación laboral (empresario y trabajadores), los contratos de relevo y de jubilación a tiempo parcial tienen una implantación testimonial en la vida sociolaboral. Es de esperar que con el Real Decreto 144/1999, de 29 de enero se produzca una revitalización de estas figuras contractuales, al haberse regulado desde un punto de vista más beneficioso la figura del jubilado a tiempo parcial, al garantizarle determinados beneficios en materia de Seguridad Social que anteriormente le eran desconocidos.
En el presente estudio se analiza, desde una perspectiva histórica y actual, los beneficios en materia de Seguridad Social de una de las modalidades contractuales menos conocidas de nuestro Derecho laboral, a pesar de ser una institución con cierta antigüedad en nuestro país, ya que fue introducida como una medida de fomento de empleo en 1984, el contrato de relevo y con él, la figura simultánea al mismo, el contrato de jubilación a tiempo parcial. A pesar de las indudables ventajas que tienen para todas las partes integrantes de la relación laboral (empresario y trabajadores), los contratos de relevo y de jubilación a tiempo parcial tienen una implantación testimonial en la vida sociolaboral. Es de esperar que con el Real Decreto 144/1999, de 29 de enero se produzca una revitalización de estas figuras contractuales, al haberse regulado desde un punto de vista más beneficioso la figura del jubilado a tiempo parcial, al garantizarle determinados beneficios en materia de Seguridad Social que anteriormente le eran desconocidos.
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