LOS DERECHOS DE LOS RECLUSOS EN VIRTUD DEL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
保存先:
LEZERTUA, M., LOS DERECHOS DE LOS RECLUSOS EN VIRTUD DEL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS. EGUZKILORE, no. 12 EXTR. (1998), p. 135-165.
Ref.
78826
配架場所:
SIIS R.981 Archivo
Palabras clave:
Comunicación, Confidencialidad, Delincuencia, Derechos del usuario, Derechos humanos, Discriminación, Familia, Intimidad, Malos tratos, Normativa, Prisión, Relaciones personales, Salud, Sanciones, España, Unión Europea
Comunicación, Confidencialidad, Delincuencia, Derechos del usuario, Derechos humanos, Discriminación, Familia, Intimidad, Malos tratos, Normativa, Prisión, Relaciones personales, Salud, Sanciones, España, Unión Europea
抄録:
Los detenidos son titulares de los derechos y libertades reconocidos, de manera general, por el Convenio Europeo de Derechos Humanos, con las restricciones derivadas del hecho de la detención y teniendo en cuenta los principios de no discriminación y de proporcionalidad. Tras esta afirmación, se comentan las garantías que proporciona dicho Convenio con relación a los reclusos, para finalizar con la cuestión del alejamiento de los presos de su domicilio.
Los detenidos son titulares de los derechos y libertades reconocidos, de manera general, por el Convenio Europeo de Derechos Humanos, con las restricciones derivadas del hecho de la detención y teniendo en cuenta los principios de no discriminación y de proporcionalidad. Tras esta afirmación, se comentan las garantías que proporciona dicho Convenio con relación a los reclusos, para finalizar con la cuestión del alejamiento de los presos de su domicilio.
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