El nuevo permiso parental del art. 48 bis ET
-д хадгалсан:
Testal, E., El nuevo permiso parental del art. 48 bis ET. Lan Harremanak. Revista de Relaciones Laborales, n. 51, 2024, p. 15-42.
Ref.
600749
Байршил:
SIIS Archivo (R.1580)
Palabras clave:
Política familiar, Promoción, Conciliación, Reforma, Permiso de maternidad, Trabajo, Hijos, Cuidador informal, Características, Efectos, Beneficios, Barreras, Igualdad de oportunidades, Mujer, Hombre, Evolución, Normativa, Ley, Evaluación de servicios, Crítica, España, Unión Europea
Política familiar, Promoción, Conciliación, Reforma, Permiso de maternidad, Trabajo, Hijos, Cuidador informal, Características, Efectos, Beneficios, Barreras, Igualdad de oportunidades, Mujer, Hombre, Evolución, Normativa, Ley, Evaluación de servicios, Crítica, España, Unión Europea
Хураангуй:
El presente artículo tiene por objeto el estudio del nuevo permiso parental introducido en el art. 48 bis ET, transponiendo así lo dispuesto en la Directiva 2019/1158/UE sobre esta materia. <br><br> De este modo, en primer lugar, se hace referencia a la evolución de la regulación del permiso parental en el Derecho Comunitario. En segundo lugar, se estudia su regulación en el Derecho interno, analizando, desde una perspectiva crítica, las características del permiso, resaltando sus aspectos positivos y negativos en aras al fomento de la corresponsabilidad, así como los problemas interpretativos que puede suscitar en la práctica. <br><br> Destaca el hecho de que se haya configurado como un permiso sin remuneración, pese a que la Directiva estipula que debe ser retribuido, al menos en parte, lo cual puede plantear obstáculos para lograr un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares entre mujeres y hombres.
El presente artículo tiene por objeto el estudio del nuevo permiso parental introducido en el art. 48 bis ET, transponiendo así lo dispuesto en la Directiva 2019/1158/UE sobre esta materia. <br><br> De este modo, en primer lugar, se hace referencia a la evolución de la regulación del permiso parental en el Derecho Comunitario. En segundo lugar, se estudia su regulación en el Derecho interno, analizando, desde una perspectiva crítica, las características del permiso, resaltando sus aspectos positivos y negativos en aras al fomento de la corresponsabilidad, así como los problemas interpretativos que puede suscitar en la práctica. <br><br> Destaca el hecho de que se haya configurado como un permiso sin remuneración, pese a que la Directiva estipula que debe ser retribuido, al menos en parte, lo cual puede plantear obstáculos para lograr un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares entre mujeres y hombres.