Estado de alarma, crisis económica y mantenimiento del empleo en la legislación laboral
Wedi'i Gadw mewn:
Cano, B. (dir.), et al., Estado de alarma, crisis económica y mantenimiento del empleo en la legislación laboral. Revista del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, n. 149, 2021, 284 p.
Ref.
578072
Lleoliad:
SIIS Archivo (R.1299)
Palabras clave:
Crisis económica, COVID, Efectos, Desempleo, Trabajo, Protección social, Cobertura, Condiciones de trabajo, Contratos, Jornada laboral, Seguridad Social, Nuevas tecnologías, Derecho laboral, Prestaciones económicas, Normativa, España
Crisis económica, COVID, Efectos, Desempleo, Trabajo, Protección social, Cobertura, Condiciones de trabajo, Contratos, Jornada laboral, Seguridad Social, Nuevas tecnologías, Derecho laboral, Prestaciones económicas, Normativa, España
Crynodeb:
Uno de los problemas principales que afrontan las sociedades es la lucha contra el fenómeno del desempleo, es decir, contra la situación en la que se encuentran muchos ciudadanos que teniendo capacidad y voluntad para trabajar no son capaces de encontrar un puesto de trabajo o lo pierden por causas ajenas a su voluntad. Desde los poderes públicos se despliegan toda una serie de mecanismos para tratar de hacer frente al desempleo, entre los que está el reconocimiento de prestaciones públicas. En nuestro ordenamiento la configuración jurídica de las prestaciones de desempleo vienen establecida en Título III, artículos 262 a 303 del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (en adelante TRLGSS), así como el Real Decreto 625/1985, de 2 de abril (en adelante RPD), pendiente todavía hoy la actualización del desarrollo reglamentario de aquél.
Uno de los problemas principales que afrontan las sociedades es la lucha contra el fenómeno del desempleo, es decir, contra la situación en la que se encuentran muchos ciudadanos que teniendo capacidad y voluntad para trabajar no son capaces de encontrar un puesto de trabajo o lo pierden por causas ajenas a su voluntad. Desde los poderes públicos se despliegan toda una serie de mecanismos para tratar de hacer frente al desempleo, entre los que está el reconocimiento de prestaciones públicas. En nuestro ordenamiento la configuración jurídica de las prestaciones de desempleo vienen establecida en Título III, artículos 262 a 303 del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (en adelante TRLGSS), así como el Real Decreto 625/1985, de 2 de abril (en adelante RPD), pendiente todavía hoy la actualización del desarrollo reglamentario de aquél.