Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)
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Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Madrid, Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, 2022, 63 p.
Ref.
576537
Location:
SIIS Archivo
Palabras clave:
Discapacidad, Personas mayores, Menores, Dependencia, Servicios sociales, Servicios y centros sociales, Calidad de la atención, Modelos, Atención sociosanitaria, Control, Personal, Condiciones de trabajo, Ratios, Cualificación, Formación profesional, Coordinación, Acreditación, Criterios, Admisión, Restricción física, Acceso, Equipamiento, Ubicación, Tamaño, España
Discapacidad, Personas mayores, Menores, Dependencia, Servicios sociales, Servicios y centros sociales, Calidad de la atención, Modelos, Atención sociosanitaria, Control, Personal, Condiciones de trabajo, Ratios, Cualificación, Formación profesional, Coordinación, Acreditación, Criterios, Admisión, Restricción física, Acceso, Equipamiento, Ubicación, Tamaño, España
Abstract:
Si bien la acreditación de centros y servicios que operan en el ámbito de la dependencia compete a las comunidades autónomas, corresponde al Consejo Territorial para la Autonomía y Atención a la Dependencia el establecimiento de los criterios de acreditación y calidad aplicables a todo el territorio estatal. El presente documento, aprobado en junio de 2022, fija esas pautas comunes y sustituye así al documento de mínimos que —con algunos ajustes posteriores— había informado hasta entonces la normativa autonómica. El acuerdo se rige por los principios de “dignidad y respeto; personalización y atención centrada en la persona; participación, control y elecciones; derecho a la salud y bienestar personal; y proximidad y conexiones comunitarias” (p. 5). La primera parte del documento establece los requisitos de acreditación (relativos a los recursos materiales, al personal y al trato a las personas usuarias) de las entidades privadas que gestionan servicios residenciales, centros de día, servicios de ayuda domiciliaria o servicios de teleasistencia, quedando pendientes de regulación las viviendas con apoyo y otras formas análogas de alojamiento colectivo. Por el contrario, la segunda parte del acuerdo, sobre criterios de calidad, afecta tanto a los servicios privados como a los públicos.
Si bien la acreditación de centros y servicios que operan en el ámbito de la dependencia compete a las comunidades autónomas, corresponde al Consejo Territorial para la Autonomía y Atención a la Dependencia el establecimiento de los criterios de acreditación y calidad aplicables a todo el territorio estatal. El presente documento, aprobado en junio de 2022, fija esas pautas comunes y sustituye así al documento de mínimos que —con algunos ajustes posteriores— había informado hasta entonces la normativa autonómica. El acuerdo se rige por los principios de “dignidad y respeto; personalización y atención centrada en la persona; participación, control y elecciones; derecho a la salud y bienestar personal; y proximidad y conexiones comunitarias” (p. 5). La primera parte del documento establece los requisitos de acreditación (relativos a los recursos materiales, al personal y al trato a las personas usuarias) de las entidades privadas que gestionan servicios residenciales, centros de día, servicios de ayuda domiciliaria o servicios de teleasistencia, quedando pendientes de regulación las viviendas con apoyo y otras formas análogas de alojamiento colectivo. Por el contrario, la segunda parte del acuerdo, sobre criterios de calidad, afecta tanto a los servicios privados como a los públicos.
| Summary: | El nuevo acuerdo supone trascender y ampliar el Acuerdo de 2008 adecuándolo a la realidad actual y estableciendo unos mínimos comunes que no sólo garanticen la calidad de los servicios que reciban las personas en situación de dependencia, sino que también apuntalen los derechos contenidos en el artículo 4 de la Ley. <br><br>Así mismo se incide en la calidad en el empleo, entre otras medidas, con la mejora de las ratios de personal de atención directa; y se constituye con carácter permanente la Ponencia técnica de evaluación y calidad del SAAD, como grupo de trabajo permanente de los regulados en el artículo 14 del Reglamento Interno del Consejo Territorial, aprobado por el mismo en su reunión extraordinaria de 1 de marzo de 2018. El nuevo acuerdo, contiene treinta y nueve puntos y considerando su extensión, a fin de facilitar la comprensión y consulta, se ha estructurado en tres secciones diferenciadas. |
|---|---|
| Physical Description: | 63 p. |