Manual técnico para los Puntos de Encuentro Familiar de Cantabria
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Manual técnico para los Puntos de Encuentro Familiar de Cantabria. Serie: Documentos Técnicos n. 6, Santander, Instituto Cántabro de Servicios Sociales, 2020, 124 p.
Ref.
566911
Location:
SIIS Archivo
Palabras clave:
Menores, Adolescentes, Protección de menores, Divorcio, Conflicto, Relaciones familiares, Efectos, Detección, Seguridad, Intervención social, Características, Funcionamiento, Acceso, Objetivos, Derechos del usuario, Entorno físico, Equipamiento, Personal, Coordinación, Metodología, Entrevistas, Mujer, Malos tratos, Violencia, Cuestionarios, Manuales de procedimiento, Cantabria, España
Menores, Adolescentes, Protección de menores, Divorcio, Conflicto, Relaciones familiares, Efectos, Detección, Seguridad, Intervención social, Características, Funcionamiento, Acceso, Objetivos, Derechos del usuario, Entorno físico, Equipamiento, Personal, Coordinación, Metodología, Entrevistas, Mujer, Malos tratos, Violencia, Cuestionarios, Manuales de procedimiento, Cantabria, España
Abstract:
El derecho a relacionarse de los niños, niñas y adolescentes con sus padres y madres y otras personas de su familia ha de protegerse especialmente en situaciones de conflicto entre personas que componen la familia. Por ello, cuando se establece un régimen de visitas por los órganos judiciales o por los órganos de las Administraciones Públicas competentes en protección de personas menores, y estos contactos no puedan realizarse en un entorno normalizado, ha de disponerse de espacios donde las visitas se desarrollen en condiciones adecuadas de seguridad, y en las que se lleven a cabo las intervenciones necesarias para proteger el desarrollo personal, afectivo y emocional del niño, niña y adolescente.<><>En este contexto se crean los Puntos de Encuentro Familiar, como recurso neutral cuya finalidad es garantizar el derecho del niño, niña o adolescente a relacionarse con sus personas progenitoras y familia de origen, siempre que no resulte perjudicial a sus superiores intereses, debiendo prestarse especial atención a los casos en que exista violencia de género en el seno familiar y otros supuestos en que se infiera que los niños y niñas pudieran estar sufriendo cualquier tipo de desprotección. Del mismo modo, es necesario proteger el derecho de los niños, niñas y adolescentes afectados/as por medidas de protección administrativa (guardas, acogimientos, tutelas…), a mantener visitas con su familia de origen en las condiciones idóneas para garantizar el bienestar y seguridad de las personas menores.
El derecho a relacionarse de los niños, niñas y adolescentes con sus padres y madres y otras personas de su familia ha de protegerse especialmente en situaciones de conflicto entre personas que componen la familia. Por ello, cuando se establece un régimen de visitas por los órganos judiciales o por los órganos de las Administraciones Públicas competentes en protección de personas menores, y estos contactos no puedan realizarse en un entorno normalizado, ha de disponerse de espacios donde las visitas se desarrollen en condiciones adecuadas de seguridad, y en las que se lleven a cabo las intervenciones necesarias para proteger el desarrollo personal, afectivo y emocional del niño, niña y adolescente.<><>En este contexto se crean los Puntos de Encuentro Familiar, como recurso neutral cuya finalidad es garantizar el derecho del niño, niña o adolescente a relacionarse con sus personas progenitoras y familia de origen, siempre que no resulte perjudicial a sus superiores intereses, debiendo prestarse especial atención a los casos en que exista violencia de género en el seno familiar y otros supuestos en que se infiera que los niños y niñas pudieran estar sufriendo cualquier tipo de desprotección. Del mismo modo, es necesario proteger el derecho de los niños, niñas y adolescentes afectados/as por medidas de protección administrativa (guardas, acogimientos, tutelas…), a mantener visitas con su familia de origen en las condiciones idóneas para garantizar el bienestar y seguridad de las personas menores.