Transferencia del Ingreso Mínimo Vital (Emilio Olabarria)

La competencia en materia de asistencia social en Euskadi es exclusiva (art. 10.12 del Estatuto de Gernika). No solo es exclusiva sino que no está condicionada ni por la legislación básica, ni la legislación marco, ni la alta inspección, ni los principios ordenadores del Estado. Es una competencia e...

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Résumé:La competencia en materia de asistencia social en Euskadi es exclusiva (art. 10.12 del Estatuto de Gernika). No solo es exclusiva sino que no está condicionada ni por la legislación básica, ni la legislación marco, ni la alta inspección, ni los principios ordenadores del Estado. Es una competencia exclusiva pura.