Decreto del Presidente 10/2020, de 25 de octubre, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, se establece la franja horaria nocturna en la que se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno por las vías o espacios de uso público en la Comunidad Autónoma de Extremadura
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Presidencia de la Junta, Decreto del Presidente 10/2020, de 25 de octubre, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, se establece la franja horaria nocturna en la que se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno por las vías o espacios de uso público en la Comunidad Autónoma de Extremadura. DOE, 25/10/2020.
Ref.
557536
Palabras clave:
Políticas públicas, Protección social, Salud pública, Virus, Epidemia, Sanidad, Ciudadanía, Movilidad social, Discapacidad, Menores, Dependencia, Personas mayores, Población riesgo, Extremadura
Políticas públicas, Protección social, Salud pública, Virus, Epidemia, Sanidad, Ciudadanía, Movilidad social, Discapacidad, Menores, Dependencia, Personas mayores, Población riesgo, Extremadura
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