Orden de 28 de abril de 2020 por la que establece la suspensión de plazos y las reglas para efectuar modificaciones en el cumplimiento y acreditación de los requisitos y obligaciones de los beneficiarios de subvenciones gestionadas por el Servicio de Economía Social y Autoempleo de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo del SEXPE como consecuencia de la situación y evolución del COVID-19 y se establece el criterio de proximidad al centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al artículo 2.2 del Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario
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Consejería de Educación y Empleo, Orden de 28 de abril de 2020 por la que establece la suspensión de plazos y las reglas para efectuar modificaciones en el cumplimiento y acreditación de los requisitos y obligaciones de los beneficiarios de subvenciones gestionadas por el Servicio de Economía Social y Autoempleo de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo del SEXPE como consecuencia de la situación y evolución del COVID-19 y se establece el criterio de proximidad al centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al artículo 2.2 del Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario. DOE, 29/04/2020.
Ref.
550444
Palabras clave:
Subvenciones, Promoción de empleo, Economía social, Autoempleo, Virus, Epidemia, Empresa, Programas, Entidades locales, Extremadura
Subvenciones, Promoción de empleo, Economía social, Autoempleo, Virus, Epidemia, Empresa, Programas, Entidades locales, Extremadura
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