Orden de 18 de abril de 2020, por la que se establecen las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las prestaciones básicas de servicios sociales correspondientes al Fondo Social Extraordinario regulado en el RDL 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

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Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Orden de 18 de abril de 2020, por la que se establecen las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las prestaciones básicas de servicios sociales correspondientes al Fondo Social Extraordinario regulado en el RDL 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. BOJA, 21/04/2020.
Ref. 550063
Palabras clave:
Políticas públicas, Protección social, Subvenciones, Virus, Enfermedad, Epidemia, Servicios sociales, Entidades locales, Ayuntamientos, Distribución, Andalucía