El movimiento asociativo urge la regulación del Convenio especial para trabajadores con discapacidad y especiales dificultades de inserción
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El movimiento asociativo urge la regulación del Convenio especial para trabajadores con discapacidad y especiales dificultades de inserción. OED, (9 enero de 2012).
Ref.
460268
Abstract:
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha pedido a la nueva ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, que impulse con urgencia la regulación reglamentaria del Convenio especial para las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, contemplado en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. <br /><br />A un mes de cumplirse el plazo establecido por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, para la regulación de una nueva modalidad de Convenio especial que puedan suscribir las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) se ha dirigido a la nueva ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, para pedirle que impulse con urgencia la regulación reglamentaria de dicho convenio.<br /> <br />La demanda del CERMI sobre la creación de un nuevo Convenio especial de la Seguridad Social destinado a trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción fue recogida por el Parlamento y plasmada en el tercer punto de la Disposición adicional segunda de la citada Ley 27/2011, de 1 de agosto. En este punto exacto de la ley ?publicada en el Boletín Oficial del Estado de 2 de agosto de 2011- se recoge que ?en el plazo de seis meses desde la promulgación de esta Ley, el Gobierno regulará una nueva modalidad de Convenio especial que puedan suscribir las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral para la cobertura de las prestaciones por jubilación y por muerte y supervivencia?.<br /> <br /><strong>Convenios especiales</strong><br />El Convenio especial aparece definido con carácter general en la web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social como ?un acuerdo suscrito voluntariamente por los trabajadores con la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de generar, mantener o ampliar, en determinadas situaciones, el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social, y con la obligación de abonar a su exclusivo cargo, las cuotas que corresponden?.<br /> <br />La regulación que el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad reclama y que aún no se ha llevado a cabo extendería la figura del Convenio especial de la Seguridad Social a las personas con discapacidad que no pueden desarrollar una actividad laboral plena o permanezcan inactivas, de modo que puedan cotizar a la seguridad social para tener cubiertas ciertas contingencias, informa el CERMI en nota de prensa. Es ahora el Gobierno quien debe regular dicho convenio con urgencia y precisar que personas con discapacidad inactivas pueden acogerse a él, de forma que, como explica el CERMI, con sus aportaciones económicas, generen directamente derecho a prestaciones.<br />
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha pedido a la nueva ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, que impulse con urgencia la regulación reglamentaria del Convenio especial para las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, contemplado en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. <br /><br />A un mes de cumplirse el plazo establecido por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, para la regulación de una nueva modalidad de Convenio especial que puedan suscribir las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) se ha dirigido a la nueva ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, para pedirle que impulse con urgencia la regulación reglamentaria de dicho convenio.<br /> <br />La demanda del CERMI sobre la creación de un nuevo Convenio especial de la Seguridad Social destinado a trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción fue recogida por el Parlamento y plasmada en el tercer punto de la Disposición adicional segunda de la citada Ley 27/2011, de 1 de agosto. En este punto exacto de la ley ?publicada en el Boletín Oficial del Estado de 2 de agosto de 2011- se recoge que ?en el plazo de seis meses desde la promulgación de esta Ley, el Gobierno regulará una nueva modalidad de Convenio especial que puedan suscribir las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral para la cobertura de las prestaciones por jubilación y por muerte y supervivencia?.<br /> <br /><strong>Convenios especiales</strong><br />El Convenio especial aparece definido con carácter general en la web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social como ?un acuerdo suscrito voluntariamente por los trabajadores con la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de generar, mantener o ampliar, en determinadas situaciones, el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social, y con la obligación de abonar a su exclusivo cargo, las cuotas que corresponden?.<br /> <br />La regulación que el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad reclama y que aún no se ha llevado a cabo extendería la figura del Convenio especial de la Seguridad Social a las personas con discapacidad que no pueden desarrollar una actividad laboral plena o permanezcan inactivas, de modo que puedan cotizar a la seguridad social para tener cubiertas ciertas contingencias, informa el CERMI en nota de prensa. Es ahora el Gobierno quien debe regular dicho convenio con urgencia y precisar que personas con discapacidad inactivas pueden acogerse a él, de forma que, como explica el CERMI, con sus aportaciones económicas, generen directamente derecho a prestaciones.<br />