Orden, de 29 de febrero de 1996, POR LA QUE SE REGULAN LOS REQUISITOS ESPECIFICOS QUE DEBEN REUNIR LOS CENTROS DE MENORES Y LOS CENTROS DE ATENCION A LA INFANCIA
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CONSEJERIA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD, Orden, de 29 de febrero de 1996, POR LA QUE SE REGULAN LOS REQUISITOS ESPECIFICOS QUE DEBEN REUNIR LOS CENTROS DE MENORES Y LOS CENTROS DE ATENCION A LA INFANCIA. DOG, 20/03/1996.
Ref.
282895
Palabras clave:
Acreditación, Infancia, Menores, Servicios y centros sociales, Galicia
Acreditación, Infancia, Menores, Servicios y centros sociales, Galicia