El derecho a la sexualidad en la discapacidad: condiciones, mitos e intervención profesional desde el trabajo social
Guardat en:
Losada, C., El derecho a la sexualidad en la discapacidad: condiciones, mitos e intervención profesional desde el trabajo social. Trabajo Social y Salud, no. 77 (2014), p. 117-122.
Ref.
198592
Localització:
SIIS R.1859
Palabras clave:
Crítica, Derechos, Discapacidad, Discriminación, Etiquetamiento, Sexualidad, Trabajo social
Crítica, Derechos, Discapacidad, Discriminación, Etiquetamiento, Sexualidad, Trabajo social
Resum:
Según datos de EUROSTAT, el 32% de la población española será mayor de 65 años en 2050. Por otra parte, la Encuesta de Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud (EDDES, 1999), muestra la creciente interrelación entre edad y necesidad de atención. El tema ha sido largamente discutido por expertos y en la Comisión Europea. En España, la LAAD, 39/2006, estableció un ambicioso objetivo y señalo las líneas generales. En 2011, la falta de desarrollo reglamentario posterior y, además, la crisis financiera son responsables de su deficiente aplicación. Cuatro años después de su entrada en vigor en 2007, se puede decir que la legalmente exigida coordinación adecuada entre los servicios sociales y sanitarios que precisan los cuidados prolongados no se da, como asimismo tampoco se ha hecho realidad la oferta de un amplio abanico de servicios profesionales para mayores dependientes.
Según datos de EUROSTAT, el 32% de la población española será mayor de 65 años en 2050. Por otra parte, la Encuesta de Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud (EDDES, 1999), muestra la creciente interrelación entre edad y necesidad de atención. El tema ha sido largamente discutido por expertos y en la Comisión Europea. En España, la LAAD, 39/2006, estableció un ambicioso objetivo y señalo las líneas generales. En 2011, la falta de desarrollo reglamentario posterior y, además, la crisis financiera son responsables de su deficiente aplicación. Cuatro años después de su entrada en vigor en 2007, se puede decir que la legalmente exigida coordinación adecuada entre los servicios sociales y sanitarios que precisan los cuidados prolongados no se da, como asimismo tampoco se ha hecho realidad la oferta de un amplio abanico de servicios profesionales para mayores dependientes.