Prestaciones familiares
Saved in:
Instituto Nacional de la Seguridad Social, Prestaciones familiares. Madrid, Instituto Nacional de la Seguridad Social, 2013, 37 p.
Ref.
195772
Location:
DFB 2014 Archivo
Palabras clave:
Acogimiento familiar, Admisión, Adopción, Ayudas a la familia, Características prestación, Criterios, Discapacidad, Familia, Familia adoptiva, Familia numerosa, Familias monoparentales, Hijos, Infancia, Información, Madre, Menores, Mujer, Nacimiento, Padres con discapacidad, Parto, Prestaciones económicas, Prestaciones sociales, España
Acogimiento familiar, Admisión, Adopción, Ayudas a la familia, Características prestación, Criterios, Discapacidad, Familia, Familia adoptiva, Familia numerosa, Familias monoparentales, Hijos, Infancia, Información, Madre, Menores, Mujer, Nacimiento, Padres con discapacidad, Parto, Prestaciones económicas, Prestaciones sociales, España
Abstract:
En las prestaciones familiares confluyen prestaciones de modalidad no contributiva y prestaciones de modalidad contributiva. Las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva y de carácter económico están destinadas a cubrir las situaciones de necesidad derivadas de la falta de ingresos o del exceso de gastos que produce, para determinadas personas, la existencia de responsabilidades familiares y el nacimiento o adopción de hijos, o el acogimiento de menores. Las prestaciones económicas vigentes en esta modalidad no contributiva son las siguientes: 1. Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo. 2. Prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas. 3. Prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples. Las prestaciones familiares en su modalidad contributiva y de carácter no económico, están destinadas sólo a trabajadores/as incluidos en el ámbito de aplicación de la Seguridad Social, que reúnan los requisitos exigidos y que hagan uso de sus derechos a excedencia o reducción de jornada de trabajo por cuidar a determinados familiares. Estas prestaciones consisten en considerar como cotizados determinados períodos de tiempo no trabajados por razones familiares.
En las prestaciones familiares confluyen prestaciones de modalidad no contributiva y prestaciones de modalidad contributiva. Las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva y de carácter económico están destinadas a cubrir las situaciones de necesidad derivadas de la falta de ingresos o del exceso de gastos que produce, para determinadas personas, la existencia de responsabilidades familiares y el nacimiento o adopción de hijos, o el acogimiento de menores. Las prestaciones económicas vigentes en esta modalidad no contributiva son las siguientes: 1. Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo. 2. Prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas. 3. Prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples. Las prestaciones familiares en su modalidad contributiva y de carácter no económico, están destinadas sólo a trabajadores/as incluidos en el ámbito de aplicación de la Seguridad Social, que reúnan los requisitos exigidos y que hagan uso de sus derechos a excedencia o reducción de jornada de trabajo por cuidar a determinados familiares. Estas prestaciones consisten en considerar como cotizados determinados períodos de tiempo no trabajados por razones familiares.
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