Capacidad de obrar del menor en el ámbito sanitario y drogodependencias

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Alventosa, J., Capacidad de obrar del menor en el ámbito sanitario y drogodependencias. Revista Española de Drogodependencias, Vol. 38, no. 3 (2013), p. 277-302.
Ref. 194091
Location: SIIS R.605
Palabras clave:
Acción contra las drogodependencias, Adolescentes, Consentimiento, Drogodependencias, Juventud, Menores, Normativa, Participación usuarios, Servicios de salud, Toma de decisiones, Tratamiento médico, España
Abstract:
Actualmente se ha constatado el incremento del consumo de drogas por menores, lo que comporta un menoscabo de la salud de los mismos. Cuestión que se plantea es si el menor tiene capacidad para decidir sobre los tratamientos e intervenciones que se requieren para paliar dicho consumo y restaurar su salud. En nuestro derecho, la capacidad del menor para tomar esas decisiones se regula en la legislación estatal y autonómica relativa a la autonomía de la voluntad del paciente, no habiendo legislación específica en materia de drogodependencias. En dicha legislación se autoriza a un mayor de 16 años para otorgar su consentimiento por si mismo, mientras que se establece el consentimiento por representación de los padres o tutores para el menor de esta edad, debiendo dar información a los mayores de doce años, salvo los casos de limitación del consentimiento (salud pública, urgencia, incapacitación o incapacidad), en las que podrá actuar el médico. Sin embargo, no se regula con precisión el otorgamiento del consentimiento por menor maduro de edad inferior a 16 años, considerándose que puede prestar el consentimiento por si mismo, si así lo aprecia el médico, lo que plantea ciertas dudas. En situaciones de conflicto, se puede recurrir a la autoridad judicial, aunque existen otras medidas para resolver dichos conflictos. En el ámbito de las drogodependencias parece conveniente una interrelación entre el menor, los padres o tutores y el médico responsable a la hora de tomar decisiones sobre la recuperación de la salud del menor.