Colaboración entre el Servicio Vasco de Empleo Lanbide y los servicios sociales municipales en el marco de los convenios de inclusión activa / Lanbide-Euskal Enplegu Zerbitzuaren eta udaletako gizarte-zerbitzuen arteko lankidetza gizarteratze aktiborako hitzarmenaren esparruan
Tallennettuna:
Servicio Vasco de Empleo Lanbide, Colaboración entre el Servicio Vasco de Empleo Lanbide y los servicios sociales municipales en el marco de los convenios de inclusión activa / Lanbide-Euskal Enplegu Zerbitzuaren eta udaletako gizarte-zerbitzuen arteko lankidetza gizarteratze aktiborako hitzarmenaren esparruan. Vitoria-Gasteiz, Eusko Jaurlaritza-Gobierno Vasco, 2012, 35 p.
Ref.
187874
Sijainti:
DFB 2012 Archivo
Palabras clave:
Coordinación administrativa, Desempleo, Exclusión social, Inclusión laboral, Inclusión social, Normativa, Política activa empleo, Procedimiento, Programas de inserción, Servicios de empleo, Servicios sociales, Terminología, España, País Vasco
Coordinación administrativa, Desempleo, Exclusión social, Inclusión laboral, Inclusión social, Normativa, Política activa empleo, Procedimiento, Programas de inserción, Servicios de empleo, Servicios sociales, Terminología, España, País Vasco
Abstrakti:
La normativa vigente en materia de Renta de Garantía de Ingresos otorga a los servicios de empleo, y particularmente a los servicios de orientación laboral, un papel privilegiado en el proceso de inclusión, al tiempo que reconoce que es preciso colaborar con otros sistemas públicos –como los de servicios sociales, sanidad, educación o vivienda–, y establece la necesidad de elaborar protocolos de derivación y de coordinación entre las distintas administraciones vascas. En respuesta a este requerimiento, Lanbide-Servicio Vasco de Empleo ha presentado un primer protocolo que establece el procedimiento de cara a asegurar una colaboración efectiva entre los profesionales de Lanbide y de los servicios sociales municipales en el marco de los Convenios de Inclusión Activa. El protocolo subraya la importancia de respetar la autonomía y la igualdad de los sistemas a la hora de definir las necesidades en su ámbito de actuación y de diseñar las intervenciones más adecuadas para cubrir dichas necesidades. Igualmente, reconoce la necesidad de que el procedimiento sea lo suficientemente flexible para adaptarse a las circunstancias de cada caso y a su grado de complejidad.
La normativa vigente en materia de Renta de Garantía de Ingresos otorga a los servicios de empleo, y particularmente a los servicios de orientación laboral, un papel privilegiado en el proceso de inclusión, al tiempo que reconoce que es preciso colaborar con otros sistemas públicos –como los de servicios sociales, sanidad, educación o vivienda–, y establece la necesidad de elaborar protocolos de derivación y de coordinación entre las distintas administraciones vascas. En respuesta a este requerimiento, Lanbide-Servicio Vasco de Empleo ha presentado un primer protocolo que establece el procedimiento de cara a asegurar una colaboración efectiva entre los profesionales de Lanbide y de los servicios sociales municipales en el marco de los Convenios de Inclusión Activa. El protocolo subraya la importancia de respetar la autonomía y la igualdad de los sistemas a la hora de definir las necesidades en su ámbito de actuación y de diseñar las intervenciones más adecuadas para cubrir dichas necesidades. Igualmente, reconoce la necesidad de que el procedimiento sea lo suficientemente flexible para adaptarse a las circunstancias de cada caso y a su grado de complejidad.