La Convención ONU de 13 de diciembre de 2006: impulsando los derechos de las personas con discapacidad
Guardat en:
Vivas, I., La Convención ONU de 13 de diciembre de 2006: impulsando los derechos de las personas con discapacidad. Comunitania, no. 1 (2011), p. 112-128.
Ref.
181775
Localització:
SIIS R.1883 Archivo
Palabras clave:
Declaración, Derechos, Discapacidad, Igualdad de oportunidades, Normativa, ONU, España, Panorama internacional
Declaración, Derechos, Discapacidad, Igualdad de oportunidades, Normativa, ONU, España, Panorama internacional
Resum:
Hito normativo (y, añadiríamos, sociocultural) de enorme repercusión que supone un punto de inflexión al marcar un antes y un después, lo es la Convención ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 (y su Protocolo Facultativo), la cual ha venido a cambiar radicalmente el panorama jurídico en esta materia, no por establecer nuevos derechos humanos a los ya proclamados en otros Acuerdos Internacionales, que no los establece, pues, por su condición de universales, se predican de todos los hombres y mujeres sin excepción, sino por introducir un nuevo concepto de discapacidad y contemplar medidas de no discriminación y de acción positiva para lograr la efectiva tutela de las personas con discapacidad. Su carácter preceptivo y vinculante obliga a los países que ratifiquen la Convención a adaptar sus legislaciones nacionales a los principios, valores y mandatos proclamados en dicho Tratado internacional.
Hito normativo (y, añadiríamos, sociocultural) de enorme repercusión que supone un punto de inflexión al marcar un antes y un después, lo es la Convención ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 (y su Protocolo Facultativo), la cual ha venido a cambiar radicalmente el panorama jurídico en esta materia, no por establecer nuevos derechos humanos a los ya proclamados en otros Acuerdos Internacionales, que no los establece, pues, por su condición de universales, se predican de todos los hombres y mujeres sin excepción, sino por introducir un nuevo concepto de discapacidad y contemplar medidas de no discriminación y de acción positiva para lograr la efectiva tutela de las personas con discapacidad. Su carácter preceptivo y vinculante obliga a los países que ratifiquen la Convención a adaptar sus legislaciones nacionales a los principios, valores y mandatos proclamados en dicho Tratado internacional.
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