BEYOND TALKING. CHILDREN'S PARTICIPATION IN NORWEGIAN CARE AND PROTECTION CASES
Gardado en:
ARILD, S., THOMAS, N., BEYOND TALKING. CHILDREN'S PARTICIPATION IN NORWEGIAN CARE AND PROTECTION CASES. EUROPEAN JOURNAL OF SOCIAL WORK, Vol. 12, no. 2 (2009), p. 155-168.
Ref.
161350
Localización:
SIIS R.1710 Archivo
Palabras clave:
Comunicación, Menores, Participación usuarios, Protección de menores, Relación profesional-cliente, Toma de decisiones, Trabajo social, Noruega
Comunicación, Menores, Participación usuarios, Protección de menores, Relación profesional-cliente, Toma de decisiones, Trabajo social, Noruega
Resumo:
La Convención sobre los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas estipula en el artículo 12 que “los Estados parte garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afectan, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez”. Sin embargo, cada país aborda la participación de los menores de manera diferente. El presente estudio describe cómo los niños noruegos víctimas de situaciones de maltrato o negligencia infantil participan en la toma de decisiones. Con este objetivo, un total de 43 profesionales responsables de caso en servicios de protección infantil participaron en la investigación. El principal resultado de este estudio es que solamente un 46,5% de los/as niños/as participan realmente en su caso. Se analizaron aspectos relacionados específicamente con los niños –edad y sexo–, variables del caso de protección –tipología del maltrato o negligencia infantil, y nivel de gravedad–, y variables de proceso –el número de reuniones a las que ha acudido el niño o la niña, el número de veces que el responsable de caso le ha consultado durante el proceso y si ha utilizado un manual de resolución de problemas–. Según los autores, la mejor manera de saber si se da esta participación es conocer a cuántas reuniones de caso han acudido los niños. Finalmente, se propone el desarrollo de un sistema que garantice la participación eficaz de los menores, pues no basta con reunirse, sino que hay que conseguir que los niños participen de manera activa en las reuniones.
La Convención sobre los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas estipula en el artículo 12 que “los Estados parte garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afectan, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez”. Sin embargo, cada país aborda la participación de los menores de manera diferente. El presente estudio describe cómo los niños noruegos víctimas de situaciones de maltrato o negligencia infantil participan en la toma de decisiones. Con este objetivo, un total de 43 profesionales responsables de caso en servicios de protección infantil participaron en la investigación. El principal resultado de este estudio es que solamente un 46,5% de los/as niños/as participan realmente en su caso. Se analizaron aspectos relacionados específicamente con los niños –edad y sexo–, variables del caso de protección –tipología del maltrato o negligencia infantil, y nivel de gravedad–, y variables de proceso –el número de reuniones a las que ha acudido el niño o la niña, el número de veces que el responsable de caso le ha consultado durante el proceso y si ha utilizado un manual de resolución de problemas–. Según los autores, la mejor manera de saber si se da esta participación es conocer a cuántas reuniones de caso han acudido los niños. Finalmente, se propone el desarrollo de un sistema que garantice la participación eficaz de los menores, pues no basta con reunirse, sino que hay que conseguir que los niños participen de manera activa en las reuniones.