LA HIPOTECA INVERSA: ¿UNA OPCION REALMENTE ATRACTIVA?
שמור ב:
QUESADA, A.J., LA HIPOTECA INVERSA: ¿UNA OPCION REALMENTE ATRACTIVA?. REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION, no. 81 (2009), p. 135-148.
Ref.
161090
מקום:
SIIS R.1299 Archivo
Palabras clave:
Cuidados de larga duración, Dependencia, Discapacidad, Entidades financieras, Financiación, Personas mayores, Servicios sociales, Vivienda
Cuidados de larga duración, Dependencia, Discapacidad, Entidades financieras, Financiación, Personas mayores, Servicios sociales, Vivienda
Abstract:
La situación económica de las personas mayores o dependientes no es fácil en el mundo actual, menos todavía en tiempos de crisis. El incremento de precio de los productos básicos, las bajas pensiones, la subida del precio de las viviendas o el aumento de la necesidad de atención en los mayores han provocado importantes reflexiones en este sector de la población. En dichas reflexiones se llega a la conclusión, entre otras, de que la vivienda representa alrededor de dos tercios del valor de la riqueza total de los hogares españoles, y esto es un factor interesante: parece lógico que la vivienda se convierta en un valor a la hora de garantizar una existencia digna. En este sentido, se comienza a hablar de diferentes fórmulas jurídicas para utilizar la vivienda como elemento generador de renta, de entre los cuales uno con especial interés ha sido la llamada <hipoteca inversa>, introducida en nuestro Derecho por la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria. En el trabajo que presentamos nuestra pretensión reside en acercarnos a dicha regulación, para saber qué problemas puede presentar su utilización actual y si realmente estamos ante un producto interesante para el común de la sociedad.
La situación económica de las personas mayores o dependientes no es fácil en el mundo actual, menos todavía en tiempos de crisis. El incremento de precio de los productos básicos, las bajas pensiones, la subida del precio de las viviendas o el aumento de la necesidad de atención en los mayores han provocado importantes reflexiones en este sector de la población. En dichas reflexiones se llega a la conclusión, entre otras, de que la vivienda representa alrededor de dos tercios del valor de la riqueza total de los hogares españoles, y esto es un factor interesante: parece lógico que la vivienda se convierta en un valor a la hora de garantizar una existencia digna. En este sentido, se comienza a hablar de diferentes fórmulas jurídicas para utilizar la vivienda como elemento generador de renta, de entre los cuales uno con especial interés ha sido la llamada <hipoteca inversa>, introducida en nuestro Derecho por la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria. En el trabajo que presentamos nuestra pretensión reside en acercarnos a dicha regulación, para saber qué problemas puede presentar su utilización actual y si realmente estamos ante un producto interesante para el común de la sociedad.