V CONVENIO COLECTIVO MARCO ESTATAL DE SERVICIOS DE ATENCION A LAS PERSONAS DEPENDIENTES Y DESARROLLO DE LA PROMOCION DE LA AUTONOMIA PERSONAL

Tallennettuna:
V CONVENIO COLECTIVO MARCO ESTATAL DE SERVICIOS DE ATENCION A LAS PERSONAS DEPENDIENTES Y DESARROLLO DE LA PROMOCION DE LA AUTONOMIA PERSONAL. [s.l.], BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO, 2008, 18281-18305 p.
Ref. 150032
Sijainti: DFB Archivo
Palabras clave:
Atención domiciliaria, Centros de día, Centros de noche, Condiciones de trabajo, Convenios, Dependencia, Derechos, Drogodependencias, Empresa, Entorno laboral, Formación permanente, Jornada laboral, Perfil profesional, Personal, Personas mayores, Prevención, Residencias, Salario, Seguridad, Sindicatos, Teleasistencia, Vivienda asistida, España
Abstrakti:
En el Boletín Oficial del Estado del 1 de abril de 2008 se ha publicado el V Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes, cuyo ámbito funcional está constituido por las empresas que ejercen su actividad en el sector de la atención a las personas dependientes y el desarrollo de la promoción de la autonomía personal, concretamente residencias para personas mayores, centros de día, centros de noche, viviendas tuteladas, servicios de ayuda a domicilio y teleasistencia. El convenio, cuya vigencia abarca desde el 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2011, establece, como suele ser habitual en este tipo de acuerdos, el marco de trabajo de esta modalidad de establecimientos: clasificación profesional y funciones, horario y jornada laboral, salud y protección laboral o estructura retributiva, permisos y licencias, derechos sindicales, régimen disciplinario y, por primera vez, aplicación de planes de igualdad.