LA SUBOPTIMALIDAD DEL SURFISTA REPUBLICANO (COMUNICACION PRESENTADA EN EL V SIMPOSIO DE LA RENTA BASICA)
Saved in:
NOGUERA, J.A., LA SUBOPTIMALIDAD DEL SURFISTA REPUBLICANO (COMUNICACION PRESENTADA EN EL V SIMPOSIO DE LA RENTA BASICA). [s.l.], [s.n.], 2005, 27 p.
Ref.
140026
Location:
SIIS Archivo
Palabras clave:
Crítica, Pobreza, Prestaciones económicas, Renta de garantía de ingresos, Reuniones, Teoría
Crítica, Pobreza, Prestaciones económicas, Renta de garantía de ingresos, Reuniones, Teoría
Abstract:
La comunicación comparará dos justificaciones normativas de la Renta Básica (RB): la republicana y la teoría de la libertad real de Van Parijs. Se defenderá la tesis de que la justificación republicana (JR) infradetermina la RB en comparación con la justificación que ofrece la teoría de la libertad real (TLR), y de que ello la hace puntuar peor en un criterio clave a la hora de evaluar posibles justificaciones normativas de una política o diseño institucional concreto. Adicionalmente, se argumentará que la solución institucional de la RB puede perfectamente resultar subóptima respecto de otras posibles a la luz de ciertos principios normativos defendidos por el republicanismo. Todo ello arroja a los republicanos partidarios de la RB a un dilema: o bien deben debilitar la exigencia de una RB como corolario institucional del republicanismo, o bien deben debilitar la defensa del republicanismo como una justificación normativa de la RB comparativamente “mejor” que la teoría de la libertad real, y pasar, en todo caso, a un marco justificador que dista muy poco -si algo- del de la teoría de la libertad real.
La comunicación comparará dos justificaciones normativas de la Renta Básica (RB): la republicana y la teoría de la libertad real de Van Parijs. Se defenderá la tesis de que la justificación republicana (JR) infradetermina la RB en comparación con la justificación que ofrece la teoría de la libertad real (TLR), y de que ello la hace puntuar peor en un criterio clave a la hora de evaluar posibles justificaciones normativas de una política o diseño institucional concreto. Adicionalmente, se argumentará que la solución institucional de la RB puede perfectamente resultar subóptima respecto de otras posibles a la luz de ciertos principios normativos defendidos por el republicanismo. Todo ello arroja a los republicanos partidarios de la RB a un dilema: o bien deben debilitar la exigencia de una RB como corolario institucional del republicanismo, o bien deben debilitar la defensa del republicanismo como una justificación normativa de la RB comparativamente “mejor” que la teoría de la libertad real, y pasar, en todo caso, a un marco justificador que dista muy poco -si algo- del de la teoría de la libertad real.