EL INTERNAMIENTO INVOLUNTARIO
Saved in:
CORBELLA, J., EL INTERNAMIENTO INVOLUNTARIO. AGATHOS. ATENCION SOCIOSANITARIA Y BIENESTAR, Vol. 4, no. 2 (2004), p. 26-29.
Ref.
129019
Location:
SIIS R.1645
Palabras clave:
Enfermedades mentales, Incapacidad jurídica, Institucionalización, Servicios de salud, Servicios sociales
Enfermedades mentales, Incapacidad jurídica, Institucionalización, Servicios de salud, Servicios sociales
Abstract:
Hasta octubre de 1984 estuvo vigente un Decreto de 3 de julio de 1931 para regular los internamientos involuntarios por razón de trastorno psíquico. Actualmente el internamiento involuntario se regula por razones de trastorno psíquico. El internamiento involuntario queda así limitado a los afectados por un trastorno psíquico y con la finalidad de corregirlo o superarlo. Hay dos tipos de vías, la ordinaria, en cuyo caso el juez tramitará el expediente previamente a la autorización de internamiento, y la urgente, donde primero se acuerda el internamiento por decisión médica y, posteriormente, es ratificado por el juez.
Hasta octubre de 1984 estuvo vigente un Decreto de 3 de julio de 1931 para regular los internamientos involuntarios por razón de trastorno psíquico. Actualmente el internamiento involuntario se regula por razones de trastorno psíquico. El internamiento involuntario queda así limitado a los afectados por un trastorno psíquico y con la finalidad de corregirlo o superarlo. Hay dos tipos de vías, la ordinaria, en cuyo caso el juez tramitará el expediente previamente a la autorización de internamiento, y la urgente, donde primero se acuerda el internamiento por decisión médica y, posteriormente, es ratificado por el juez.
| Summary: | Hasta octubre de 1984 estuvo vigente un Decreto de 3 de julio de 1931 para regular los internamientos involuntarios por razón de trastorno psíquico. Actualmente el internamiento involuntario se regula por razones de trastorno psíquico. El internamiento involuntario queda así limitado a los afectados por un trastorno psíquico y con la finalidad de corregirlo o superarlo. Hay dos tipos de vías, la ordinaria, en cuyo caso el juez tramitará el expediente previamente a la autorización de internamiento, y la urgente, donde primero se acuerda el internamiento por decisión médica y, posteriormente, es ratificado por el juez. |
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| ISSN: | 1578-3103 (papel) 2014-1629 (online) |